Lejos de revisar sus polémicas medidas hacia los
inmigrantes, el Gobierno sigue ahondando en la desprotección de este
colectivo. Una modificación en la reforma del Código Penal
prevista por el Ministerio de Justicia abre la puerta a que aquellas
personas que colaboran con los inmigrantes en situación administrativa
irregular prestándoles asistencia humanitaria puedan ser multadas y castigadas con hasta dos años de cárcel.
Según
el artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma, pendiente aún de
aprobación parlamentaria, "el que intencionadamente ayude a una persona
que no sea nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea a entrar en
el territorio de otro Estado miembro o a transitar a través del mismo,
vulnerando la legislación de dicho Estado sobre la entrada o tránsito de
extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o
prisión de seis meses a dos años".
Una plataforma integrada
por juristas, sacerdotes, profesores y miembros de la sociedad civil que
acogen en sus casas a inmigrantes en situación vulnerable, advierte del
riesgo de que puedan ser tratados como "criminales" y ha lanzado una campaña para pedir al Alberto Ruiz Gallardón que corrija el "desafortunado" artículo.
"El
nuevo artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma del Código Penal
iguala conductas ilícitas e inmorales como la trata de seres humanos y
los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de
solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que
transitan "sin papeles" por España", afirma en su comunicado el
colectivo ‘Salvemos la hospitalidad'.
La normativa también prevé
penas similares para las personas que, con ánimo de lucro, ayuden a los
inmigrantes irregulares a "permanecer" en territorio comunitario, lo
que a juicio de la plataforma implica que pueden ser incriminados
quienes, por ejemplo, alquilen una habitación o dispensen un menú, aunque sea a bajo precio, a los extranjeros sin la documentación en regla.
El CGPJ pidió en un informe que la nueva regulación fuera más precisa
Paradójicamente,
la mayor ambigüedad del nuevo texto reside en la redacción de la última
parte del punto primero donde se afirma que "El Ministerio Fiscal podrá
abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea
únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate", lo
que deja abierta la posibilidad legal a que en realidad pueda hacerse
efectiva la acusación.
"Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo grave, pues esta forma de criminalización es una opción de política criminal del legislador",
denuncia la plataforma, que considera que la propia ley podría eximir
directamente a quienes presten su hospitalidad añadiendo que "quedarán
exentos de responsabilidad penal quienes únicamente presten ayuda
humanitaria".
Un informe del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) que analiza la reforma del Código Penal también considera que el
texto debería ser más concreto y aconseja que no quede implícitamente
derivada al Ministerio Público la posibilidad de pedir las multas.
Justicia asegura que no se pretende endurecer las penas sino "todo lo contrario"
Desde
el Ministerio de Justicia, en cambio, sostienen que el sentido de esta
reforma no es endurecer las penas "sino todo lo contrario". En
declaraciones a Público, el departamento que dirige Ruiz Gallardón ha justificado la modificación de la regulación vigente "para ajustarla a las exigencias estrictas de la normativa europea
impuestas en la Directiva 2002/90/CE" y ha asegurado que, al contrario
de lo que sucede actualmente, la nueva regulación "deja claro que
solamente se sancionan las conductas por medio de las cuales se facilita
directamente la entrada ilegal o el tránsito en España" y rebaja
"radicalmente" las penas.
"Se puede no perseguir el delito
cuando se actúa por motivos humanitarios", insiste el Ministerio, que
recuerda que el texto no es definitivo y subraya que el sentido correcto
de la reforma es "justamente el contrario" del que se ha trasladado por
plataformas como ‘Salvemos la hospitalidad'.
"Falacia argumentativa"
JPD considera "inadmisible" y un "contrasentido" el nuevo artículo del Código Pena.
Joaquim
Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, considera sin embargo que
las palabras de Justicia son una mera "falacia argumentativa". "Estamos en el terreno de la retórica,
como cuando se habla de "modular" el derecho de huelga. En el nuevo
artículo se incluyen supuestos que antes no estaban incluidos y si el
Gobierno pretende cambiar la legislación es por algo", afirma en
conversación con este diario.
"Es inadmisible que se puedan
penalizar este tipo de conductas. Entendemos que de ningún modo la vía
penal puede ser la solución a estos problemas porque lo que se pretende,
una vez más, es meter en el ámbito de la delincuencia cuestiones sociales. Es un contrasentido. Hay que dejar el texto como está o bien eliminar cualquier duda interpretativa", añade.
(Conviene recordar que el PP es el partido que se autodenomina democristiano).
(Lucía Villa. Público) (La cursiva es mía)
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